SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 463/00- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 463/00- R

Fecha: 16-May-2000

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley No.  1836, REVOCA  la Resolución que corre a fs. 45, dictada en 27 de marzo de 2000 por  la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Pando y declara PROCEDENTE el Recurso planteado, debiendo el Tribunal del Amparo ordenar el pago de los haberes indebidamente suprimidos.

Se llama severamente la atención al Tribunal del Recurso, por no haber previsto el número necesario de votos para iniciar y concluir la Audiencia Pública y por haber declarado cuarto intermedio para dictar resolución, por lo que se dispone que se remitan antecedentes a conocimiento del Consejo de la Judicatura conforme al art. 103 de la Ley No.  1836.