Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 033/2000
Fecha: 01-Jun-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, ejerciendo la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 120-1) de la Constitución Política del Estado, 7-2) y 59 y siguientes de la Ley No. 1836, declara INFUNDADO el presente Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad; consiguientemente constitucional el art. 510 del Código de Procedimiento Civil.