SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 577/00-R
Fecha: 13-Jun-2000
2.
2. La autoridad recurrida informa: que en el proceso penal seguido a querella del Ministerio Público contra Luis Alberto Jiménez Durán, ex - Alcalde Municipal de la Ciudad de El Alto y los funcionarios recurrentes y otros, y previo requerimiento fiscal se instruyó el sumario penal en contra de los mencionados imputados por los delitos previstos y sancionados por los arts. 144, 146, 199 y 23 con relación al art. 199 del Código Penal, y que el Art. 265 del Procedimiento Penal se refiere a funcionarios públicos que gozan de Caso de Corte y que hubieren cometido delitos en el ejercicio de sus funciones, “pero esta disposición legal señala únicamente los arts. 142 al 165 y en el caso de autos, existen delitos comunes y el delito mayor arrastra al menor en el caso de malversación.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- 1.
- 2.
- 3.
- “El Tribunal, de oficio o a instancia de parte, (...), podrá disponer la acumulación de aquellos procesos por conexitud que justifiquen la unidad de tramitación y decisión, siempre que esta medida no provoque atrasos innecesarios en el conocimiento de la causa”
- POR TANTO: