Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 817/00 - R
Fecha: 31-Ago-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución de 31 de julio de 2000, cursante a fojas 13 y 14 de obrados, pronunciada por el Juez Segundo de Partido en lo Penal de Santa Cruz.