Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 825/2000-R
Fecha: 31-Ago-2000
POR TANTO
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley No. 1836, con los argumentos precedentes, APRUEBA la Resolución de fs. 103, pronunciada el 28 de julio del año en curso por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior de Justicia del Departamento de La Paz.