SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 067/00
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 067/00

Fecha: 14-Sep-2000

1.

1.  El art. 12 de la Ley de Descentralización Administrativa, N° 1654, se refiere de manera general a la designación de los Consejeros Departamentales. En su parágrafo I dispone: “Los Concejales Municipales de cada una de las provincias del departamento, designarán (al Consejero Departamental) por dos tercios de votos de sus miembros presentes...”, vale decir que en esta norma está señalado el requisito de la proporcionalidad de votos para elegir al Consejero Departamental, sin especificar cifras concretas, ni forma de cálculo para alcanzar los dos tercios.