Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 849/00-R
Fecha: 08-Sep-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, REVOCA la Sentencia de fs. 63 dictada en 17 de agosto de 2000 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Distrito de La Paz y declara PROCEDENTE el Recurso, disponiendo la aplicación de los arts. 239-3) y 40 del nuevo Código de Procedimiento Penal; debiendo la Corte de Hábeas Corpus aplicar el art. 91-VI de la Ley N° 1836.