SENTENCIA Constitucional N° 864/2000-r
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA Constitucional N° 864/2000-r

Fecha: 19-Sep-2000

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que el art. 6 de la Constitución Política del Estado consagra el principio de no discriminación al expresar en su parágrafo primero: Todo ser humano tiene personalidad y capacidad jurídica, con arreglo a las Leyes. Goza de los derechos, libertades y garantías reconocidos por esta Constitución, sin distinción de raza, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, condición económica o social, u otra cualquiera.

CONSIDERANDO: Que del análisis efectuado se concluye que los recurridos han desconocido el mandato de los arts. 5, 100, 113 y 121 del Código del Niño, Niña y Adolescente y 6, 7-e) y  199-I  de la Constitución Política del Estado; consiguientemente,  el Juez de Amparo  al declarar procedente el Recurso, ha evaluado correctamente los datos del proceso y las normas aplicables al mismo.