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    AUTO CONSTITUCIONAL N° 27/01-CDP
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL N° 27/01-CDP

    Fecha: 02-Oct-2001

    2.

    2.    Que el 11 de agosto de 2001 el recurrente presentó memorial ante el Tribunal de Amparo solicitando se proceda a la calificación de daño civil en cumplimiento de los fallos dictados dentro del Recurso de Amparo Constitucional pidiendo que la misma sea calificada en la suma de $US. 120.000 (fs. 178). A cuyo efecto se abrió el término incidental de 8 días periodo dentro del cual sólo el recurrente ofreció y produjo prueba.

    • Partes:
    • VISTOS:
    • 1.
    • 2.
    • 3.
    • CONSIDERANDO:
    • para que se acrediten los mismos
    • asumiendo dicho riesgo por cuenta propia, sin que sea de responsabilidad de los recurridos, circunstancia que el Tribunal de Amparo no consideró a tiempo de calificar los daños y perjuicios en la suma de $US 5.000.
    • POR TANTO:

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