Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL N° 27/01-CDP
Fecha: 02-Oct-2001
2.
2. Que el 11 de agosto de 2001 el recurrente presentó memorial ante el Tribunal de Amparo solicitando se proceda a la calificación de daño civil en cumplimiento de los fallos dictados dentro del Recurso de Amparo Constitucional pidiendo que la misma sea calificada en la suma de $US. 120.000 (fs. 178). A cuyo efecto se abrió el término incidental de 8 días periodo dentro del cual sólo el recurrente ofreció y produjo prueba.