Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1075/01-R
Fecha: 05-Oct-2001
1.
1. En su demanda presentada el 3 de septiembre de 2001 (fs. 3 y 5), el recurrente asevera que, como consecuencia de cuatro arraigos ordenados en su contra por el Servicio Nacional de Impuestos Internos, se encuentra imposibilitado de viajar al extranjero para cumplir sus actividades empresariales, medida que al ser extrema e ilegal, viola su derecho a la libre locomoción, previsto en el art. 7-g) de la Constitución Política del Estado.
- Vistos:
- 1.
- Fragmento 3
- a)
- 3.
- CONSIDERANDO:
- es título suficiente para iniciar la acción coactiva, el Pliego de Cargo
- únicamente
- Artículo 26°.-
- “Artículo 7° (Garantías Patrimoniales).-
- De lo anterior se interpreta que para el cobro de deudas u obligaciones patrimoniales no es posible el uso de medidas restrictivas a la libertad personal
- única y exclusivamente como reacción a un delito”.
- demandante
- “Arraigo.-
- adoptar medidas restrictivas a la libertad
- arraigo del procesado,
- el apremio y el arraigo.
- el arraigo ordenado por la autoridad recurrida ha restringido ilegalmente la libertad del recurrente
- POR TANTO: