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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1075/01-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1075/01-R

    Fecha: 05-Oct-2001

    POR TANTO:

    POR TANTO:  El  Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado, 7.8)  y 93 de la Ley  Nº 1836, con los fundamentos expuestos, APRUEBA la Resolución  cursante a fs. 12 y 13, dictada el  4 de septiembre de 2001 por el Juez Primero de Sentencia de Santa Cruz.

    • Vistos:
    • 1.
    • Fragmento 3
    • a)
    • 3.
    • CONSIDERANDO:
    • es título suficiente para iniciar la acción coactiva, el Pliego de Cargo
    • únicamente
    • Artículo 26°.-
    • “Artículo 7° (Garantías Patrimoniales).-
    • De lo anterior se interpreta que para el cobro de deudas u obligaciones patrimoniales  no es posible el uso de medidas restrictivas a la libertad personal
    • única y exclusivamente como reacción a un delito”.
    • demandante
    • “Arraigo.-
    • adoptar medidas restrictivas a la libertad
    • arraigo del procesado,
    • el apremio y el arraigo.
    • el arraigo ordenado por la autoridad recurrida ha restringido ilegalmente la libertad del recurrente
    • POR TANTO:

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