Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1075/01-R
Fecha: 05-Oct-2001
Fragmento 3
Explica que al encontrarse la totalidad de su patrimonio y sus cuentas bancarias embargadas, el hecho de salir del territorio nacional no perjudicaría en absoluto a los intereses del Estado, más aún cuando en el país no existe apremio corporal por deudas conforme lo disponen los arts. 1466 del Código Civil y 6 de la Ley Nº 1602, debiendo considerarse que, además, el art. 240 del Código Tributario que contempla esta medida ha sido derogado.
- Vistos:
- 1.
- Fragmento 3
- a)
- 3.
- CONSIDERANDO:
- es título suficiente para iniciar la acción coactiva, el Pliego de Cargo
- únicamente
- Artículo 26°.-
- “Artículo 7° (Garantías Patrimoniales).-
- De lo anterior se interpreta que para el cobro de deudas u obligaciones patrimoniales no es posible el uso de medidas restrictivas a la libertad personal
- única y exclusivamente como reacción a un delito”.
- demandante
- “Arraigo.-
- adoptar medidas restrictivas a la libertad
- arraigo del procesado,
- el apremio y el arraigo.
- el arraigo ordenado por la autoridad recurrida ha restringido ilegalmente la libertad del recurrente
- POR TANTO: