SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1092/01-R
Fecha: 12-Oct-2001
3.
3. La Resolución Nº 40/01 de 29 de agosto de 2001, que corre a fs. 65 y 66, declara IMPROCEDENTE el Recurso, con estos fundamentos: 1) según la Sentencia Nº 391/2001 de 22 de junio de este año, pronunciada dentro del proceso penal seguido por el FOCSSAP y otra contra Dante Benito Escobar Plata, se ha establecido la existencia de doce DPF's en el Banco Mercantil S.A. por un total de $Us. 3.018.000.- de recursos provenientes del TGN que fueron desviados a la cuenta particular del procesado; 2) el DPF Nº 138373 por $Us. 12.943,46 fue emitido a favor de Dante Enrique Escobar Espinoza, habiéndose generado con fondos provenientes de la Cuenta de Ahorros Nº 00-008-066140 perteneciente a Dante Benito Escobar Plata, motivo por el que la entidad bancaria no puede deferir favorablemente la solicitud del recurrente.
3) Mediante nota de 29 de marzo (fs. 2), el recurrente comunicó al Banco Mercantil el extravío del DPF Nº 138373 pidiendo su reposición, adjuntando tres publicaciones de periódico. Reiteró su solicitud en 11 de mayo (fs. 9), protestando plantear un Recurso de Amparo Constitucional en caso de no reponerse el título valor extrañado.
- Vistos:
- 1.
- 2.
- a)
- 3.
- 5)
- CONSIDERANDO:
- de delitos cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones
- con fondos provenientes de la Cuenta de Ahorros Nº 00-008-066140 correspondiente a Dante Benito Escobar Plata, contra quien el FOCSSAP y otros siguen proceso penal por estafa y otros delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones
- POR TANTO: