SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1133/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1133/01-R

Fecha: 26-Oct-2001

3.

3.   La Resolución de 4 de septiembre de 2001 (fs. 219 vta. y 220), declara PROCEDENTE el Recurso, con el fundamento de que “analizados los actuados, se tiene visto que existe un Amparo Constitucional de la misma naturaleza y con los mismos actores, situación que se ha desconocido totalmente por los ahora demandados, lo que quiere decir que están atentando contra la Constitución Política del Estado; en consecuencia,  y de acuerdo  a la fundamentación hecha por el Dr. Jorge von Borries, apoyada por el voto del Dr. Wálter  Muñoz, se demuestra palmariamente que los demandados han incurrido en la previsión contenida en el art. 19 de la C.P.E., lo que es lo mismo, han cometido actos ilegales” (sic).

3)  La Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Distrito declaró procedente el Recurso   por Resolución de 1 de marzo de 2001 (fs. 53 y 54); y, en revisión, el Tribunal Constitucional, mediante Sentencia  Nº 309/01-R de 11 de abril de 2001 (fs. 58 a 61),  la aprobó, en atención a que “... la Comisión Transitoria ha realizado actuaciones ilegales al  intervenir en las atribuciones y competencias del Consejo de Administración legalmente elegido y con facultades que le señala la propia Ley de Cooperativas y su Reglamento Interno”.