SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1139/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1139/01-R

Fecha: 26-Oct-2001

los recurrentes, conociendo la incautación de la que fue objeto el  inmueble del que son co-propietarios

En la especie, los recurrentes, conociendo la incautación de la que fue objeto el  inmueble del que son co-propietarios juntamente con su hermano Jimmy Wilson Ferrufino Fernández, procesado por delitos establecidos en la Ley Nº 1008, y de la confiscación que se determinó en sentencia en la que se incurre en un error al  consignar la ubicación del bien en el kilómetro “4”, cuando en realidad se ubica en el kilómetro “5” de la carretera a Quillacollo, no formularon apelación contra la resolución de primera instancia, y tampoco interpusieron recurso de casación contra el Auto de Vista que la confirmó, para efectuar los reclamos que ahora pretenden hacer valer por este Recurso extraordinario y subsidiario que solamente otorga su protección cuando la persona ha agotado todos los medios legales que tenía a su alcance para  reclamar el respeto de los derechos que estima lesionados, lo que no ha ocurrido en el presente caso,  pues los actores han dejado que se ejecutorie la decisión de confiscar su propiedad sin haber ejercitado el derecho de impugnarla a través de los recursos ordinarios  que el ordenamiento jurídico  les franquea, lo que determina  la  improcedencia del Amparo Constitucional.

Esa es la línea jurisprudencial trazada por este Tribunal,  al amparo de lo dispuesto por los arts. 19-IV de la Constitución Política del Estado y  96-3) de la Ley Nº 1836,  citando al efecto las Sentencias Constitucionales Nos.  587/00-R, 723/00-R, 805/00-R, 1116/00-R,  1171/00-R, 133/01-R, 315/01-R, 411/01-R, 762/01-R.