Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1148/01-R
Fecha: 19-Oct-2001
3.
3. Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo pronuncia Resolución que declara procedente el Recurso, con el fundamento que los vocales recurridos al dictar el Auto de Vista impugnado, incurrieron en violaciones de forma y de fondo, no habiendo aplicado e interpretado correctamente los arts. 209, 237 y 245 del Código de Procedimiento Civil, puesto que los procesos ejecutivos están sujetos a trámite especial, incurriendo en flagrante desconocimiento de las normas, al admitir la confesión judicial provocada que no es propia de dichos procesos.