Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1159/01-R
Fecha: 05-Nov-2001
4.
4. Que a efecto de contar con mayores elementos de convicción se solicitó la remisión de documentación referida a los actuados del Honorable Congreso Nacional y las dos Cámaras en relación al nombramiento y la posesión del recurrente como Vocal de la Corte Nacional Electoral; la misma fue ordenada mendiante Auto Nº 363/01-CA de 8 de octubre de 2001, momento a partir del cual se suspendió el plazo de conformidad al Acuerdo Nº 96/99 de 30 de noviembre, el mismo que se reanudó en 23 de octubre, fecha de recepción de la documentación solicitada, siendo en consecuencia el nuevo vencimiento para el pronunciamiento de la sentencia el 6 de noviembre del año en curso.
- VISTOS:
- 1.
- 2.
- a)
- IMPROCEDENTE
- 4.
- 3)
- 4) A través del memorial de 10 de agosto (fs. 3), el demandante pidió al Presidente en ejercicio del Congreso Nacional se fije día y hora para su posesión como Vocal de la Corte Nacional Electoral, sin referirse a la postergación de su posesión ni a los descargos ofrecidos que demuestren no tener cuentas pendientes con el Estado. No figura en el expediente respuesta alguna a ese petitorio.
- 5)
- 7)
- CONSIDERANDO:
- POR TANTO: