Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1159/01-R
Fecha: 05-Nov-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado, 7.8) y 102-V de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución cursante a fs. 45 pronunciada el 7 de septiembre de 2001 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz.
- VISTOS:
- 1.
- 2.
- a)
- IMPROCEDENTE
- 4.
- 3)
- 4) A través del memorial de 10 de agosto (fs. 3), el demandante pidió al Presidente en ejercicio del Congreso Nacional se fije día y hora para su posesión como Vocal de la Corte Nacional Electoral, sin referirse a la postergación de su posesión ni a los descargos ofrecidos que demuestren no tener cuentas pendientes con el Estado. No figura en el expediente respuesta alguna a ese petitorio.
- 5)
- 7)
- CONSIDERANDO:
- POR TANTO: