Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1196/01-R
Fecha: 19-Nov-2001
21 de septiembre de 2000,
1. Que ante la denuncia formulada por el Presidente del Colegio de Abogados de Cochabamba mediante requerimiento de 21 de septiembre de 2000, la Fiscal Sara Fuentes dispuso el levantamiento de Diligencias de Policía Judicial contra el recurrente, por la supuesta comisión de los delitos previstos en la sanción de los arts. 164 y 175 del Código Penal (fs. 21-23).
- Vistos:
- Considerando:
- a)
- IMPROCEDENTE
- 21 de septiembre de 2000,
- “Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad a la Ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella,...”,
- Por tanto: