Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1234/01-R
Fecha: 20-Nov-2001
4)
4) La orden judicial fue ejecutada el 26 de septiembre, previo inventario (fs.16 a 18 y 32). Empero, de conformidad a lo aseverado por ambas partes, el mismo día y luego de haberse devuelto el camión, el fiscal recurrido impidió que el recurrente se lo llevara, habiendo planteado recurso de apelación a horas 15:15 (fs. 28 a 31), a objeto de que el superior en grado revoque la resolución Nº 013/2001.