SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1234/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1234/01-R

Fecha: 20-Nov-2001

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que el Recurso de Amparo Constitucional consagrado por el art. 19 de la Ley Fundamental del país, ha sido instituido como una garantía de protección inmediata contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de los funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías de las personas reconocidos en la Constitución y las Leyes, siempre que no haya  otro medio o recurso legal establecido para ese efecto.

El art. 255 de la Ley Nº 1970 establece que la resolución que ratifique o revoque la orden de incautación de bienes, será apelable sin recurso ulterior. De tal norma se colige que la determinación que asuma la autoridad judicial en ese incidente podrá ser ejecutada, como en todos los casos,  cuando su decisión cobre ejecutoria.