Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1289/01-R
Fecha: 07-Dic-2001
3.
3. La Resolución Nº 53/01 de 6 de noviembre 2001, que corre a fojas 13, declara IMPROCEDENTE el Recurso, con el fundamento de que el recurrente, “una vez que prestó su declaración indagatoria fue detenido preventivamente por el Juez de la causa y esta detención no fue observada oportunamente por el mismo, consecuentemente al no haber hecho uso de los recursos ordinarios que le franquea la Ley, para reparar el agravio que dice haber sufrido, no puede sustituir esos medios de defensa ... con el presente Recurso Extraordinario de Hábeas Corpus, una vez que se deduce que en el presente proceso la detención del imputado no resulta ilegal” (sic).