SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1289/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1289/01-R

Fecha: 07-Dic-2001

a)

     El Juez dio lectura al informe escrito que  sale de fs. 8 a 11, en el que sostiene lo siguiente: a) en el proceso penal seguido por la Alcaldía Municipal de Cajuata contra Franz Mostajo Guzmán y  otros, se dictó el Auto Inicial de la Instrucción en 23 de febrero de 2001 por los delitos de peculado, malversación de fondos, asociación delictuosa y otros; b) de todos los imputados, el único detenido es el anterior Alcalde de Cajuata, ahora recurrente; c)  fue posesionado como  Juez el 31 de mayo del año en curso,  resolvió las cuestiones previas y prejudiciales planteadas por los imputados, y declinó jurisdicción y competencia por razón de territorio al Juez de Quime, provincia Inquisivi de La Paz; d) una vez apersonado  el recurrente, éste no asistió a la audiencia de declaración indagatoria que fue señalada, por lo que se fijó audiencia de declaración de rebeldía y contumacia, que no se realizó porque a pedido del imputado se recibió su declaración  el 15 de octubre; e)  a la conclusión de la recepción de su declaración indagatoria, dispuso su detención preventiva “al haber llegado el suscrito Juez al convencimiento de que existe peligro de fuga y/u obstaculización del proceso” (sic), además de haber verificado la existencia de elementos de convicción contra el imputado respecto de la comisión de los delitos que se le atribuyen; f) la decisión  sobre la detención preventiva, no fue impugnada por el recurrente; g) el 15 de octubre el abogado del actor pidió se le  imponga una medida sustitutiva, pedido que ha sido corrido en Vista Fiscal; h) actualmente el proceso se encuentra en estado de remitirse a  Quime.