Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1289/01-R
Fecha: 07-Dic-2001
Fragmento 5
Expresa que ha tomado conocimiento de que el Juez ahora recurrido ha declinado jurisdicción al Juzgado de Instrucción de Inquisivi, implicando aquello que se seguirían vulnerando sus derechos constitucionales, “debiendo considerarse al respecto que el art. 33 del antiguo Código de Procedimiento Penal faculta a verificarse los actos de la instrucción sin perjuicio de la declinatoria”.