SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1310/01-R
Fecha: 13-Dic-2001
3.
3. La Resolución Nº 50/2001 de 17 de octubre de 2001 (fs. 53 y 54), declara PROCEDENTE el Recurso, disponiendo la restitución inmediata “del bono de antigüedad sobre la base de tres salarios mínimos nacionales para los 900 trabajadores que no han gozado de este beneficio” con el fundamento de que “efectivamente las autoridades recurridas han conculcado el derecho que tienen los trabajadores a una remuneración justa por su trabajo, contenido en el art. 7 inciso j) de la C.P.E.”.
3) La sentencia dictada en 27 de octubre de 2000 (fs. 16 a 19), en el proceso laboral seguido por los trabajadores de la Caja Petrolera de Salud, representados por su Sindicato contra la entidad empleadora, ordenó a ésta la restitución del bono de antigüedad ilegalmente suspendido en diciembre de 1998, debiendo pagarse a los demandantes la suma allí consignada distribuible de acuerdo con la planilla de cálculo inserta en ese expediente.