Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1319/01-R
Fecha: 13-Dic-2001
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 7-8ª y 102-V) de la Ley Nº 1836, APRUEBA en parte la Resolución del Tribunal de Amparo en lo que respecta a la suspensión del corte de energía eléctrica y REVOCA en cuanto a la fijación de la multa, declarándolo IMPROCEDENTE, salvando los derechos del recurrente para que, en su caso, pueda acudir a la vía legal que corresponda en resguardo de sus derechos.