SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1331/01-R
Fecha: 13-Dic-2001
1.
1. En su demanda presentada el 5 de noviembre de 2001 (fs. 1), el recurrente expresa que, el 31 de octubre pasado asistió a la audiencia de modificación de fianza económica, pero como no había prestado su declaración confesoria solicitó la suspensión de la misma hasta que se ponga a derecho; extrañamente, el Juez demandado a simple petición de la parte civil dispuso su detención preventiva porque no empozó la fianza económica fijada.
Aclaró que su incumplimiento se debe al hecho de no contar con recursos económicos razón por la que solicitó la modificación de la fianza, la que debía ser considerada en la referida audiencia, donde por el contrario se dispuso su detención preventiva, sin que hubiera incurrido en obstaculización del proceso o exista riesgo de fuga.
1. Que dentro del proceso penal seguido a querella de Germán Chambi contra el recurrente, por la supuesta comisión del delito de lesiones gravísimas, el Juez Instructor Tercero en lo Penal dispuso la subsistencia de la libertad de este último imponiéndole varias medidas sustitutivas a la detención, entre ellas, una fianza económica de Bs3.000, concediéndole el plazo de 72 horas para que oble la misma, resolución que apelada fue confirmada por la Sala Penal de la Corte Superior (fs. 5-10).