Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1331/01-R
Fecha: 13-Dic-2001
4.
4. Que el 25 de octubre de 2001, el recurrente presentó memorial solicitando la modificación de la fianza económica por la fianza juratoria; señalándose audiencia para el 31 de octubre (fs. 17). El día señalado el procesado -ahora recurrente- se limitó a solicitar la suspensión de la audiencia porque no se encontraba a derecho; con estos antecedentes el Juez demandado y ante la solicitud de la parte civil dispuso la detención preventiva del ahora recurrente, resolución que fue apelada por el imputado (18-19).