Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1346/01-R
Fecha: 18-Dic-2001
3.
3. Que el 26 de agosto de 1996, el Juez Segundo de Partido en lo Civil dictó sentencia de primera instancia declarando probada la demanda disponiéndose la prosecución del trámite hasta el trance de remate (fs. 53-54), resolución cuya ejecutoria fue declarada por Auto de 15 de diciembre de 1998 (fs. 56).