Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1351/01-R
Fecha: 20-Dic-2001
6)
6) Por nota JRC/190/2001 de 28 de septiembre de 2001 (fs. 195), la Jefa Regional del Instituto Nacional de Cooperativas (INALCO), declaró nulo el proceso interno seguido contra los ahora recurrentes, observando la conformación de un “supuesto comité disciplinario con personas ajenas a la Cooperativa, por no tener la calidad societaria”. Dicha nota no señala a las personas que presuntamente habrían formado parte del Tribunal Disciplinario sin ser socias de la Cooperativa “6 de Agosto”.