Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1365/01-R
Fecha: 19-Dic-2001
3.
3. Que, ante dicha medida, los recurrentes acudieron al Defensor del Pueblo, que por Resolución Defensorial Nº RD/LPZ/00069/2000/AP de 14 de noviembre de 2000, ante la evidencia de inobservancia de Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal en el despido denunciado, recordó y recomendó al Viceministro de Cultura subsane la vulneración del principio de estabilidad funcionaria, dado que a los recurrentes no se les había comunicado el resultado de sus evaluaciones, lo que les impidió hacer uso del Recurso de apelación (fs. 5-8).