SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1371/01-R
Fecha: 20-Dic-2001
Fragmento 3
Sin embargo -aduce- los directivos de la O.T.B. han decidido el presente año “pasar el presterío” de la festividad del Señor de la Exaltación, “de propiedad de Telésforo Peñaloza, el Santo y la festividad” (sic), para lo que han determinado que cada socio que recibe el suministro de agua aporte con Bs. 50.-, bajo sanción de cortar esa provisión, dando un plazo para ese pago hasta el 8 de septiembre del presente año. Ante esa situación, un grupo de personas se presentó ante el “propietario del Santo”, que les informó que él nunca solicitó ninguna cuota y que era una decisión de la O.T.B., por lo que acudieron a la Sub Prefectura, instancia que exhortó a los dirigentes a deponer esa actitud, recibiendo la respuesta de que era una determinación de la Asamblea.