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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1371/01-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1371/01-R

    Fecha: 20-Dic-2001

    POR TANTO:

    POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª) de la Constitución Política del Estado, 7.8) y 102-V de la Ley Nº 1836, con los fundamentos expuestos, APRUEBA la Resolución cursante de fs. 23 a 26,  pronunciada en 24 de octubre de 2001 por el Juez de Partido en lo Civil de Quillacollo.

    • VISTOS:
    • 1.
    • Fragmento 3
    • Fragmento 4
    • a)
    • 3.
    • CONSIDERANDO:
    • El art. 69 dispone que los proveedores de Servicios de Agua Potable no podrán aplicar como sanción al usuario el corte de servicio, salvo en los siguientes casos: a)
    • POR TANTO:

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