Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 126/01-R
Fecha: 12-Feb-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley N° 1836, APRUEBA la Sentencia de 19 de enero de 2001 cursante a fs. 24-27, dictada por el Juez de Partido Sexto en lo Penal de la ciudad de La Paz.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- 1.
- 2.
- 3.
- “Fallar en los Juicios de Responsabilidad contra el Presidente y Vicepresidente de la República, Ministros de Estado y Prefectos del Departamento por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, a requerimiento del Fiscal General de la República...”
- “Toda persona que creyere estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada o presa podrá ocurrir, por sí o por cualquiera a su nombre, con poder notariado o sin él, ante la Corte Superior del Distrito o ante cualquier Juez de Partido, a elección suya, en demanda de que se guarden las formalidades legales...”
- POR TANTO: