SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 150/01-R
Fecha: 19-Feb-2001
1.
1. Efectuada la audiencia el recurrente se ratifica en los fundamentos del memorial del Recurso, y agrega que el proceso social seguido contra su representado es por cobro de beneficios sociales, como emergencia de un contrato de consultoría, siendo evidente que con la sentencia no se notificó al Ministerio Público, por lo cual no se encuentra ejecutoriada, situación ante la cual suscitaron incidente de nulidad que fue rechazado por el Juez recurrido. Se solicitó, en consecuencia, se deje sin efecto la orden de aprehensión ordenada por la autoridad judicial recurrida y se proceda a la notificación del Ministerio Público, el que si no apela, dará lugar a la ejecutoria de la referida Sentencia.
1. Que el presente Recurso se lo plantea a raíz de un proceso laboral sobre cobro de beneficios sociales, contra el Fondo de Inversión Social (FIS), a instancia de Gustavo Jordán, dentro del cual se dictó sentencia declarando probada la demanda, fallo que apelado por la entidad demandada fue anulado por la Sala Social, Minera y Administrativa disponiendo la notificación al Ministerio Público. Posteriormente se pronunció nueva sentencia declarando probada la demanda con la que se notificó al FIS.