Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 150/01-R
Fecha: 19-Feb-2001
POR TANTO:
POR TANTO: el Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los Arts. 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado REVOCA la Sentencia de fs. 15 -16, pronunciada en 19 de enero de 2001, por el Juez de Partido Quinto en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz y declara PROCEDENTE el Recurso y en consecuencia, se deja sin efecto el mandamiento de apremio librado por el Juez recurrido hasta tanto sea notificado con la Sentencia dictada en el proceso laboral, motivo del Recurso, el Ministerio Público, debiendo aplicarse el art. 91-VI de la Ley N° 1836.