Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 015/01
Fecha: 12-Mar-2001
III.2.
III.2. Que el obligado no presentó prueba alguna durante ese período, por lo que la Administración de Impuestos Internos dictó la Resolución Determinativa Nº 128/96 de 2 de julio de 1996, donde resolvió determinar de oficio las obligaciones impositivas del contribuyente en Bs. 1.112.885.-, más una multa de Bs. 736.913.- e intimarlo para que haga efectivo el pago de las sumas señaladas en el plazo de 15 días a partir de su notificación (fs. 515-517).