Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 317/01-R
Fecha: 16-Abr-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª) de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley Nº 1836, REVOCA EN PARTE la Resolución cursante de fs. 124 a 126, pronunciada el 7 de marzo de 2001 por el Juez de Partido de Punata del Departamento de Cochabamba, y declara PROCEDENTE el Recurso respecto de Mario Orellana Moya, disponiéndose la restitución de los recurrentes en sus cargos de Alcalde Municipal, Concejales y miembros de la Directiva elegida en 7 de febrero de 2000, en tanto se siga el procedimiento establecido en la Constitución y la Ley para modificar esa Directiva o reemplazar al Alcalde.