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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 325/01-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 325/01-R

    Fecha: 16-Abr-2001

    3.

    3.   Que la Sentencia Constitucional Nº  131/01-R de 12 de febrero de 2001, en ninguno de sus considerandos establece que los derechos del recurrente fueron conculcados y simplemente se circunscribe a describir lo expuesto en la demanda del recurso y los documentos adjuntados, a fin de dejar constancia que la misma cumplía con los requisitos de forma exigidos (fs. 113-114).

    • VISTOS:
    • CONSIDERANDO:
    • 1)
    • improcedente
    • 3.
    • Fragmento 6
    • Art. 2º La solución de conflictos en los estamentos, además de sus direcciones ..., son de responsabilidad exclusiva de sus instancias establecidas democráticamente amparados en el estatuto de la Universidad Boliviana
    • POR TANTO:

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