SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 347/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 347/01-R

Fecha: 23-Abr-2001

a)

El recurrido Celin Saavedra, a nombre suyo y del co -recurrido René Carnicer Caba, informa lo siguiente: a) en su calidad de Asesor Legal de E.L.A.P.A.S. fue designado como  “tribunal sumariante”, de acuerdo a lo establecido por  el art. 12 - a) del D.S. No. 23318-A; b)  en el proceso administrativo interno no se restringió el derecho a la defensa del recurrente, ya que fue notificado con el inicio del proceso y se le entregó copia del Auto Inicial del Sumario; c) la  apelación formulada por Erick Chavaría Flores fue dirigida  al Gerente Administrativo, persona ajena al proceso, y no al Gerente General “como  dispone el Estatuto”, habiendo sido presentada en forma extemporánea, lo que  motivó que fuera rechazada tomando  en cuenta que en la empresa se trabaja de lunes a sábado.

El abogado del recurrido Carlos Lozada Calderón, expresa que: a) el recurrente ha seguido percibiendo su salario hasta  febrero del presente año,  lo que desvirtúa la acusación que hace sobre la violación del art. 7 - d) y j) de la Constitución Política del Estado; b) tampoco se conculcaron los arts. 14 y 16 de la Ley Fundamental, porque “el tribunal” se ha instalado  en estricta sujeción de los arts.  12, 18 y  21 del D.S. No. 23318-A. Pide se declare improcedente el Recurso.