Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 347/01-R
Fecha: 23-Abr-2001
Fragmento 3
Estima que sus derechos a un debido proceso, a la defensa y al respeto de su honra han sido conculcados, y que no tiene otra instancia legal para hacerlos valer, en cuya virtud plantea Recurso de Amparo Constitucional, pidiendo sea declarado procedente y se disponga que la negativa del Asesor Legal y el ex -Gerente General de E.L.A.P.A.S. de concederle el recurso de apelación, quede sin efecto, siendo restituido a su fuente de trabajo