SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 354/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 354/01-R

Fecha: 23-Abr-2001

PROCEDENTE

3.   La Resolución  cursante a fs. 43 y 44 dictada el 20 de febrero de 2001, declara PROCEDENTE el Recurso, con el fundamento de que  “si bien  el Concejo  Municipal tiene la facultad conferida por el art. 12 numeral 6, arts. 35, 36 de la Ley de Municipalidades de sancionar a los Alcaldes por responsabilidades administrativas”,  no ha tomado en cuenta el procedimiento para la destitución  contemplado en el Art. 50 de  la referida Ley, ni el art. 201 de la Constitución Política del Estado, ni tampoco ha presentado querella criminal “para justificar” la destitución resuelta, “por lo que los Concejales demandados al haber dictado las Resoluciones mencionadas, han violado las garantías procesales y constitucionales”.