Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 361/01-R
Fecha: 23-Abr-2001
4)
4) La recurrente y su poderconferente, desde 1996, reclamaron que las particulares recurridas coloquen sus puestos de venta de chicharrón de pollo en un lugar diferente al destinado a la venta de ropa. Una vez emitidas las Resoluciones citadas en los numerales anteriores, realizaron diversas solicitudes, por si mismas y a través de la Oficina del Defensor del Pueblo, para que se cumplan las mismas, habiendo acudido inclusive varias veces al Concejo Municipal. (fs. 10 a 83).
- Partes
- VISTOS:
- 1.
- a)
- PROCEDENTE
- 3)
- 4)
- CONSIDERANDO:
- derecho a trabajar y dedicarse al comercio, la industria o a cualquier actividad lícita, en condiciones que no perjudiquen el bien colectivo
- incurriendo en una omisión indebida que afecta los derechos constitucionales de la recurrente y su poderconferente,
- POR TANTO: