SENTENCIA Constitucional N° 386/01-r
Fecha: 26-Abr-2001
2.
2. De fojas 31 a 34 cursa el acta de audiencia pública realizada el 27 de marzo del presente año, en la cual el abogado del recurrente reiteró los términos de la demanda y ampliándola manifestó que interpusieron el Recurso de Amparo al haber agotado todos los medios legales habiéndose negado el recurso de casación interpuesto.
2) Que apelada la Resolución por el recurrente fue resuelta mediante Auto de Vista de 1 de febrero de 2000 dictada por el Juez de Partido Noveno en lo Civil y Comercial, confirmando en todas sus partes la Resolución apelada en consideración a que el apelante no fundamentó su recurso con relación a lo resuelto por el Juez inferior, actuado con el que se notificó al recurrente mediante cédula (fs. 6-7).