Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 432/01-R
Fecha: 11-May-2001
2)
2) Que el 11 de noviembre de 2000, el recurrente presenta memorial ante el juzgado de la causa y con la suma “presentación voluntaria”, solicita cesación de la detención preventiva, a cuyo efecto el Juez recurrido fijó audiencia para el 15 del mismo mes y año, a la cual no asistió el recurrente (fs. 60). Asimismo, no asistió a las audiencias públicas preparatoria de juicios fijadas para los días 16, 23 y 30 de noviembre de 2000 y a otra nueva audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva de 1º de diciembre del mismo año (fs. 61-64).