SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 536/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 536/01-R

Fecha: 04-Jun-2001

1.

1.   En su demanda presentada el 6 de abril de 2001 (fs.  155 a 159), los recurrentes expresan que  dentro del proceso penal que  se sigue a toda su familia, compuesta por 8 hermanos y su madre, fallecida en la penitenciaría de “Palmasola”,  interpusieron dos “excepciones” previas:  de prescripción de los supuestos delitos de falsedad material e ideológica, ya que siendo el documento privado acusado de falso de 11 de abril de 1975 y la denuncia del 9 de septiembre de 1997, transcurrieron más de 22 años, y desde el reconocimiento de firmas de 9 de septiembre de 1980, 17 años, es decir más de los 8 años necesarios para que se opere la prescripción; y,  de  falta de tipicidad  del  presunto delito de estelionato porque la venta acusada de “estelionaria”  e inscrita en Derechos Reales en 12 de junio de 1998, la realizaron amparados en una sentencia ejecutoriada que les reconoce su derecho propietario.

      Aducen que el Juez de Instrucción Primero en lo Penal rechazó las excepciones previas, apelada esa decisión,  el caso radicó en la Sala Penal Primera el 17 de agosto de 2000, y se sorteó al Vocal Relator, José Dabdoub López  el 11 de septiembre de ese año. A partir de ello se presentaron  diversas excusas y recusaciones, quedando habilitado solamente el mencionado Vocal, siendo el último que se allanó a la recusación el Vocal Osvaldo Céspedes Céspedes en 20 de febrero de 2001. Se convocó al Vocal Semanero  de la Sala social y Administrativa, Jorge Von Borries Méndez, que aceptó conformar Sala, firmando el Auto de Vista de 20 de febrero.

1)   En 13 de julio de 1999 (fs. 2 a 5), Elena Griselda Rivero Gutiérrez en representación de  Justa Zabala Vda. de Farell, presentó querella contra  Glendaly Bardusi de Mostajo y Demetrio, Teddy, Elizabeth, Noemí, Janes, Josué, Joel y Nicolás Mostajo Bardusi por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y asociación delictuosa.