SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 556/2001-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 556/2001-R

Fecha: 11-Jun-2001

pero no así la convocatoria pública exigida por Ley.

3.   Que el Concejo Municipal señaló el 24 de abril como fecha de la sesión en la que se consideraría la censura constructiva, la que fue postergada por imposibilidad de asistencia del representante de la Corte Departamental Electoral de Oruro hasta el 26 del mismo mes y año, en las que consta la notificación personal a los Concejales pero no así la convocatoria pública exigida por Ley. (fs. 230-233).

4.   Que en la indicada sesión de 26 de abril de 2001, el Vocal de la Corte Departamental Electoral de Oruro, verificó los requisitos y procedimientos, manifestando que todos los pasos se habían cumplido, con lo que se continuó la sesión culminando con la aprobación de la moción y la designación del Alcalde sustituto (fs.235-236).