SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 568/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 568/01-R

Fecha: 11-Jun-2001

CONSIDERANDO:

1)   En el proceso ordinario  seguido por Julio Abraham y Domitila  Anselma Salazar Tarqui contra Fidel Simón, Germana y Adelina Salazar Tarqui, por división y partición de bienes hereditarios y exclusión de persona  en la sucesión, se dictó la Sentencia No. 163/96 de 21 de mayo de 1996 (fs. 9 a 15), que declaró  probada en parte la demanda principal, improbada la reconvención y salvó “los derechos de los demandantes para incoar en la vía legal que en derecho  pudiera la menor Ana Rosa Salazar Tarqui” (sic).

CONSIDERANDO: Que el Amparo Constitucional es un Recurso Extraordinario  instituido para otorgar una protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de funcionarios o particulares que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona reconocidos por la Constitución y las Leyes.

CONSIDERANDO: Que la demora en presentar el Recurso no  puede ser justificada con la tramitación del discernimiento de tutela, pues la recurrente  bien pudo solicitar la intervención del órgano encargado de velar por los intereses de los menores, tal el caso de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia,  de conformidad a  lo dispuesto por los arts. 54 y 196 - 10) del Código del Niño, Niña y Adolescente.