Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 575/2001-R
Fecha: 08-Jun-2001
improcedente
Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal de Hábeas Corpus, declaró improcedente el Recurso contra el Juez Instructor recurrido fundamentando que en sus actuaciones no se evidenció ninguna conculcación a derecho o garantía constitucional alguna y procedente contra los Vocales recurridos por cuanto el sorteo de causas no está suscrito por el Presidente conforme al artículo 74 de la Ley de Organización Judicial, habiéndose incurrido con esa omisión a la nulidad del fallo que dictaron.