Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 605/01-R
Fecha: 18-Jun-2001
POR TANTO
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836 REVOCA la Resolución revisada, pronunciada el 30 de abril de 2001 por el Juez de Partido Segundo de Llallagua y declara PROCEDENTE el Recurso, por consiguiente, se dispone la libertad del recurrente, debiendo aplicarse el art. 91-VI de la Ley Nº 1836.